Ley 21.545 otorga permiso laboral para padres, madres o tutores de menores con diagnóstico de espectro autista

Este 10 de marzo fue publicada la ley 21.545 que «establece la promoción de la inclusión, la atención integral, y la protección de los derechos de las personas con trastorno del espectro autista en el ámbito social, de salud y educación«. En el ámbito laboral, introduce al Código del Trabajo un nuevo artículo 66 quinquies, que otorga el siguiente permiso laboral:

  1. Se faculta a los padres, madres o tutores legales de (i) menores de edad diagnosticados con trastorno de espectro autista para (ii) acudir a emergencias respecto a su integridad (iii) en los establecimientos educacionales donde cursen sus estudios.
  2. El tiempo que empleen en dichas emergencias se entenderá trabajado para todos los efectos legales y no se podrá imputar salida intempestiva o abandono de trabajo o ser fundamento de una investigación sumaria o sumario administrativo.
  3. El trabajador debe avisar a la Inspección del Trabajo de su territorio del hecho de ser padre, madre o tutor legal de un menor con diagnóstico de espectro autista.
  4. El permiso aplica a trabajadores regidos por el Código del Trabajo, ley 18.834 (Estatuto Administrativo) y ley 18.883 (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales), por lo que no se aplica a personal contratado en la modalidad de honorarios, a menos que su contratación así lo establezca.